A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Gomez Quiroz Yerli Yoana Y Otro·Demandado Consorcio Mar 1 Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre responsabilidad civil extracontractual
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Doce Administrativo de Medellín y el Juzgado Noveno Civil del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de reparación directa interpuesta por varios ciudadanos en contra del Consorcio Mar 1 y las empresas que lo conforman, para que se declare la responsabilidad administrativa de ellas y se condene al pago de los perjuicios que dicen padecer, como consecuencia del accidente de tránsito que involucró a un conductor, vehículo y obra a cargo del Consorcio demandado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se aplicó la regla de decisión de los Autos 433, 633 y 905 de 2023, en los cuales se indicó que el conocimiento de demandas de responsabilidad civil extracontractual presentadas contra privados en la ejecución de contratos de concesión con la Agencia Nacional de Infraestructura corresponde la jurisdicción ordinaria, en virtud de la cláusula residual de competencia de dicha jurisdicción y conforme a la naturaleza de la entidad demandada y la inaplicabilidad del artículo 104.1 del CPACA.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Noveno Civil del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a las sujetos procesales y partes interesadas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de Medellín (Antioquia) y el Juzgado Doce Administrativo de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de Medellín (Antioquia) es la autoridad competente para conocer de la demanda promovida por Yerli Yoana Gómez Quiroz y otros en contra del Consorcio Mar 1 conformado por las empresas SACYR Construcción Colombia S.A.S., STRABAS S.A.S. y CONCAY S.A. y Allianz Seguros S.A.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General REMITIR el expediente CJU-3600 al Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de Medellín (Antioquia), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Doce Administrativo de la misma ciudad y a las sujetos procesales y partes interesadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.